El Consejo de Ministros ha aprobado este Estatuto para reforzar las garantías procesales de las víctimas
El Gobierno ha aprobado el anteproyecto de ley del Estatuto de la Víctima, que nace con el objetivo de ser el catálogo general de los derechos procesales y extraprocesales de todas las víctimas de delitos. Este nuevo Estatuto establece una serie de medidas de protección que se extremarán en el caso de víctimas especialmente vulnerables, como los menores.
La principal novedad que introduce este anteproyecto es la atribución de una serie de derechos a las víctimas, aunque no estén personadas en el procedimiento. Entre estos cambios destaca la posibilidad de recurrir los sobreseimientos en los 20 días siguientes así como la libertad condicional en delitos de homicidio, de terrorismo, lesiones, tortura y contra la integridad moral, robo cometido con violencia, contra la libertad y la integridad sexual o los cometidos dentro de una organización criminal, y siempre y cuando las penas de prisión sean superiores a cinco años.
Con el objetivo de evitar una segunda victimización el Estatuto establece una serie de medidas para proteger a las víctimas especialmente vulnerables, para las que se prevé un régimen asistencial y jurídico que va más allá del régimen general, basado en el trato individualizado y que minimice los efectos traumáticos de los procesos judiciales.
En el caso de los menores todas estas medidas se extreman para evitar un mayor sufrimiento. En este sentido sus declaraciones, por ejemplo, podrán ser grabadas para después ser reproducidas durante el juicio, de manera que no tenga que enfrentarse a declarar en la Sala.
Igualmente, el menor podrá tener un representante legal cuando exista una situación de conflicto de intereses con los progenitores o representantes legales y se tomarán decisiones urgentes sobre la guarda y custodia.
La Fundación Legálitas continúa estudiando el marco legal relacionado con los menores, para garantizar la protección de sus derechos e intereses.